¿Qué hago si mi producto está sujeto al cumplimiento de una NOM al momento de importarlo en México?
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El 23/10/2018, la Secretaría de Economía dio a conocer el “Acuerdo que modifica las reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio exterior”. En dicha modificación se modifica el Anexo 2.4.1 de las Reglas, mejor conocido como el Acuerdo NOM, ya que en éste se establecen los requisitos que deben de cumplir los productos que se vayan a importar a México y que están sujetos al cumplimiento de una NOM al momento de su importación.
La intención con esta modificación fue establecer medidas para validar que las mercancías al importarse cumplen con las NOM’s de seguridad y especificaciones técnicas correspondientes. Ya que antes de dicha fecha, bastaba con una declaración en formato libre bajo la cual el importador declaraba que no iba a vender los productos tal cual se importaban, o bien iba a cumplir con la NOM previo a la venta de la mercancía.
En dicha modificación a las Reglas y Criterios se establecieron 2 fechas para la entrada en vigor de las disposiciones del Acuerdo NOM:
- El 24/10/18 se obligó a presentar certificado de cumplimiento a productos sujetos a las siguientes normas:
- NOM-007-SCFI-2003
- NOM-009-CONAGUA-2001
- NOM-009-SCFI-1993
- NOM-028-ENER-2010
- NOM-041-SEMARNAT-2015
- NOM-086-SCFI-2010
- NOM-086/1-SCFI-2011
- NOM-090-SCFI-2014
- NOM-134-SCFI-1999
- NOM-192-SCFI/SCT1-2013
- El 1° de marzo del 2019, que se prorrogó hasta el 2 de junio del 2019, en la cual se obligó al cumplimiento de las normas de seguridad restantes.
Por lo que ahora el importador debe efectuar lo siguiente si su producto está sujeto al cumplimiento de una NOM de seguridad o características técnicas:
- Contratar a un organismo certificador (OC) o unidad de verificación (UV) para certificar que la mercancía cumple con la NOM.
- Si el producto cumple con la NOM, el OC/UV ingresa al sistema de aduanas los datos del certificado.
- Y posteriormente la Dirección General de Comercio Exterior habilita al importador enviando la información al SAE para que pueda importar.
Por otro lado, hay dudas respecto a qué pasa con las normas de información comercial, es decir de etiquetado comercial. De conformidad con el numeral 3 del Anexo 2.4.1, el cual contempla el listado de fracciones arancelarias sujetas al cumplimiento de NOM’s de etiquetado, los importadores pueden exceptuar su cumplimiento conforme a lo que indica el numeral 10 Frac. VII y VIII del Acuerdo NOM.
Esto aplica para las siguientes normas:
- NOM-003-SSA
- NOM-004-SCFI
- NOM-015-SCFI
- NOM-020-SCFI
- NOM-024-SCFI
- NOM-050-SCFI
- NOM-051-SCFI/SSA1
- NOM-055-SCFI N
- NOM-084-SCFI
- NOM-116-SCFI
- NOM-139-SCFI
- NOM-141-SSA/SCFI
- NOM-142-SSA1/SCFI
- NOM-187-SSA1/SCFI.
- NOM-189-SSA1/SCFI
De conformidad con el Numeral 10 Frac VII del Acuerdo NOM, se podrá exceptuar el cumplimiento de la NOM al momento de importar siempre que:
- Las mercancías que se importen vayan a ser usadas directamente por la persona que las importe, para su uso directo.
- No se destinarán a su comercialización directa o indirecta.
- Se deberá anotar en el pedimento de importación el identificador correspondiente.
- Anexar al pedimento una declaración bajo protesta de decir verdad, indicando que las mercancías no se destinarán posteriormente a su comercialización directa o indirecta.
Lo anterior no aplica para mercancías de la fracción arancelaria 9613.80.02, así como mercancías sujetas al cumplimiento de las siguientes NOM’s:
- NOM-001-ENER-2014,
- NOM-001-SCFI-1993,
- NOM-002-SEDE/ENER-2014,
- NOM-003-SCFI-2014,
- NOM-004-ENER-2014,
- NOM-005-CONAGUA-1996,
- NOM-005-ENER-2016,
- NOM-005-SCFI-2011,
- NOM-006-CONAGUA-1997,
- NOM-007-SCFI-2003,
- NOM-008-CONAGUA-1998,
- NOM-009-CONAGUA-2001,
- NOM-009-SCFI-1993,
- NOM-010-CONAGUA-2000,
- NOM-010-SCFI-1994,
- NOM-010-SESH-2012,
- NOM-011-ENER-2006,
- NOM-011-SCFI-2004,
- NOM-011-SESH-2012,
- NOM-012-SCFI-1994,
- NOM-013-SCFI-2004,
- NOM-014-ENER-2004,
- NOM-014-SCFI-1997,
- NOM-014-SESH-2013,
- NOM-015-ENER-2012,
- NOM-016-ENER-2016,
- NOM-016-SCFI-1993,
- NOM-017-ENER/SCFI-2012,
- NOM-019-SCFI-1998,
- NOM-021-ENER/SCFI-2008,
- NOM-022-ENER/SCFI-2014,
- NOM-023-ENER-2010,
- NOM-025-ENER-2013,
- NOM-026-ENER-2015,
- NOM-028-ENER-2010,
- NOM-030-ENER-2016,
- NOM-031-ENER-2012,
- NOM-032-ENER-2013,
- NOM-041-SEMARNAT-2015,
- NOM-045-SCFI-2000,
- NOM-046-SCFI-1999,
- NOM-054-SCFI-1998,
- NOM-058-SCFI-2017,
- NOM-063-SCFI-2001,
- NOM-064-SCFI-2000,
- NOM-086/1-SCFI-2011,
- NOM-086-SCFI-2010,
- NOM-090-SCFI-2014,
- NOM-093-SCFI-1994,
- NOM-113-SCFI-1995,
- NOM-113-STPS-2009,
- NOM-114-SCFI-2016,
- NOM-115-STPS-2009
- NOM-118-SCFI-2004,
- NOM-119-SCFI-2000,
- NOM-121-SCFI-2004
- NOM-133/1-SCFI-1999,
- NOM-133/2-SCFI-1999,
- NOM-133/3-SCFI-1999,
- NOM-134-SCFI-1999,
- NOM-161-SCFI-2003,
- NOM-192-SCFI/SCT1-2013,
- NOM-196-SCFI-2016,
- NOM-208-SCFI-2016,
Por otro lado, el numeral 10 Frac. VIII señala que también es factible exceptuar el cumplimiento de la NOM de información comercial cuando, las mercancías no vayan a venderse al público tal y como son importadas, siempre que el importador:
- Las utilice en la prestación de sus servicios profesionales y no las destine a uso del público.
- Las utilice para llevar a cabo sus procesos productivos, y los transforme en unas mercancías distintas, que sólo serán ofrecidas al público previo cumplimiento con la o las NOM’s aplicables.
- Las vaya a enajenar a personas morales, que a su vez las destinarán para la prestación de sus servicios profesionales o para el desarrollo de sus procesos productivos y no a uso del público.
- Las importe para destinarlas a procesos de acondicionamiento, envase y empaque final.
En estos casos se deberá anexar al pedimento una declaración bajo protesta de decir verdad, indicando el supuesto por el cual no se da cumplimiento a la NOM, el cual debe señalar el domicilio en el que destinará a uso propio, prestará sus servicios profesionales, utilizará o transformará las mercancías o efectuará el acondicionamiento, envase o empaque de las mercancías. Y de igual manera, en el pedimento se deberá declarar el indicador correspondiente.
Este numeral no aplica para las mercancías correspondientes a las fracciones arancelarias 2203.00.01, 3922.90.99, 6910.10.01, 6910.90.01 y 9613.80.02; así como para mercancías sujetas al cumplimiento de las siguientes NOM’s:
- NOM-001-ENER-2014,
- NOM-001-SCFI-1993,
- NOM-002-SEDE/ENER-2014,
- NOM-003-SCFI-2014,
- NOM-004-ENER-2014,
- NOM-005-CONAGUA-1996,
- NOM-005-ENER-2016,
- NOM-005-SCFI-2011,
- NOM-006-CONAGUA-1997,
- NOM-007-SCFI-2003,
- NOM-008-CONAGUA-1998,
- NOM-009-SCFI-1993,
- NOM-010-CONAGUA-2000,
- NOM-010-SCFI-1994,
- NOM-010-SESH-2012,
- NOM-011-ENER-2006,
- NOM-011-SCFI-2004,
- NOM-011-SESH-2012,
- NOM-012-SCFI-1994,
- NOM-013-SCFI-2004,
- NOM-014-ENER-2004,
- NOM-014-SCFI-1997,
- NOM-014-SESH-2013,
- NOM-016-ENER-2016,
- NOM-016-SCFI-1993,
- NOM-017-ENER/SCFI-2012,
- NOM-019-SCFI-1998,
- NOM-021-ENER/SCFI-2008,
- NOM-022-ENER/SCFI-2014,
- NOM-023-ENER-2010,
- NOM-025-ENER-2013,
- NOM-026-ENER-2015,
- NOM-028-ENER-2010,
- NOM-030-ENER-2016,
- NOM-031-ENER-2012,
- NOM-032-ENER-2013,
- NOM-041-SEMARNAT-2015,
- NOM-045-SCFI-2000,
- NOM-046-SCFI-1999,
- NOM-054-SCFI-1998,
- NOM-058-SCFI-2017,
- NOM-063-SCFI-2001,
- NOM-064-SCFI-2000,
- NOM-086/1-SCFI-2011,
- NOM-086-SCFI-2010,
- NOM-090-SCFI-2014,
- NOM-093-SCFI-1994,
- NOM-113-SCFI-1995,
- NOM-113-STPS-2009,
- NOM-114-SCFI-2016,
- NOM-115-STPS-2009 y
- NOM-118-SCFI-2004,
- NOM-119-SCFI-2000,
- NOM-121-SCFI-2004.
- NOM-133/1-SCFI-1999,
- NOM-133/2-SCFI-1999,
- NOM-133/3-SCFI-1999,
- NOM-134-SCFI-1999,
- NOM-161-SCFI-2003,
- NOM-192-SCFI/SCT1-2013,
- NOM-196-SCFI-2016,
- NOM-208-SCFI-2016.
Por lo cual de no estar en estos supuestos, es decir la mercancía será importada y tal cual se importa será revendida al público en general, sí se debe cumplir con la NOM de etiquetado comercial.
Se exige que la etiqueta:
- Cumpla con los datos de identificación comercial correspondientes conforme a la NOM.
- La etiqueta esté adherida, pegada, cosida o colgada en la mercancía.
- Que la etiqueta esté asegurada de forma tal que no se desprenda hasta llegar al consumidor final.
En el caso de las siguientes NOM’S, se podrá optar por cumplir con el etiquetado al momento de su importación o bien:
- Importando las mercancías y sometiéndolas a Depósito Fiscal para dar cumplimiento dentro del mismo al etiquetado. Para esto el almacén debe estar acreditado como unidad verificadora.
- Importar las mercancías con carta de excepción de NOM’s siempre que antes de vender las mercancías, se haya contratado a UV para acreditar el cumplimiento del etiquetado.
Dichas NOM’s son:
- NOM-004-SCFI-2006
- NOM-015-SCFI-2007
- NOM-020-SCFI-1997
- NOM-024-SCFI-2013
- NOM-050-SCFI-2004
- NOM-051-SCFI/SSA1-2010
- NOM-116-SCFI-1997
- NOM-141-SSA1/SCFI-2012
- NOM-142-SSA1/SCFI-2014
- NOM-189-SSA1/SCFI-2002
Por lo cual previo a la importación del producto de tu interés, asegúrate con tu Agente Aduanal o bien con nosotros a través de nuestro servicio de Consulta Online, qué regulaciones debe cumplir tu producto, y si éste debe o no cumplir con alguna NOM al momento de su importación.
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28 Comments
[…] Cómo cumplir con una NOM al importar […]
Hola! Una disculpa, ¿a quién se le debe enviar la declaración bajo protesta de decir verdad que la mercancía será para uso personal? Mi producto actualmente se encuentra retenido porque me marcan que debo tramitar la certificación del producto para liberarlo, pero no lo venderé, será uso propio y no sé a qué correo o a dónde enviar esa declaratoria argumentando mi situación de acuerdo con el Numeral 10 Frac VII del Acuerdo NOM para exceptuar el cumplimiento de la NOM . Agradezco de antemano su ayuda y respuesta, Reciban un cordial saludo.
Hola Léa,
Las fracciones VII y VIII del numeral 10 del Acuerdo NOM fueron derogadas el pasado 01/10/2020; motivo por el cual la carta a que haces referencia ya no es aplicable.
Lo importante aquí es verificar que el valor total del pedido no sea superior a los 1,000.00 USD, tomando en cuenta tanto el valor de la factura del producto como los gastos de envío.
Si ese es el caso, entonces no deben solicitarte el cumplimiento de la NOM, ya que así está indicado en el numeral 10 fracción IX del Acuerdo. En caso contrario, será necesario cumplir con la NOM.
Por lo que mi consejo, es que de haber superado los 1 mil USD pidas que se regrese el embarque al proveedor, ya que el cumplimiento de la NOM suele ser muy oneroso.
Hola, quiero importar unos equipos (congeladores) para restaurantes, los equipos no se van a vender. serán usados en la operación del negocio, pero ,me piden que cumplan la NOM-022, yo como representante legal debo de hacer el tramite? o debo pagar a un laboratorio? cuanto tarda en estar el proceso listo una vez enviados los documentos?
soy persona Moral.
saludos
Hola Leslie,
Te mando la información de un gestor a tu correo con la información que solicitas respecto al trámite.
Hola,
Estoy interesado en importar encendedores podrían enviarme información sobre sus servicios para el cumplimiento de dicha NOM 090
Hola Omar,
Nosotros no tramitamos NOM’s. Pero te remitimos por correo los datos de un gestor que te puede ayudar.
Saludos.
Hola nadia, buen dia, yo actualmente laboro en una agencia aduanal, quisiera saber si tienes cursos para poder ser ejecutivo y aprender mas del tema
Hola Carlos,
¿Ya revisaste nuestra tienda online? Tenemos tanto los webinars de cada bimestre, como el replay de los webinars pasados.
Algunos de los webinars te servirán mucho.
Saludos.
Hola, quiero importar artículos electrónicos de belleza, para su venta me piden el cumplimiento de la nom 001 y 005, como podría interpretarlos y cuáles son los pasos a seguir y autoridades a notificar para su cumplimiento. Gracias.
Hola David,
Como no me proporcionas el código completo de la NOM no puedo orientarte mucho. Pero si gustas te puedo atender a través de una Consulta Online, misma que encuentras en la tienda online de este sitio web.
Saludos.
Buenos dias Nadia. Soy persona física con actividad empresarial, estoy batallando mucho con el tema de las noms. Podras orientarme para dar con un gestor por favor?
Hola Rafael con gusto, te remito por email los datos de Guillermo quien está apoyando a nuestros clientes en la gestoría de NOM’s.
Saludos,
Estoy importando unos equipos y me piden certificado de la NOM-001-SCFI-2018, antes la exentábamos con la carta, de hecho hicimos una importación en noviembre del año pasado 2021 y se pudo con la carta, el importador es quien debe de tramita el certificado? Cómo es el proceso? Me podrían enviar por favor los datos de un gestor que me pueda orientar con esto? Gracias
Hola Cinthia,
Te acabamos de enviar a tu correo los datos de Guillermo quien te podrá apoyar al respecto.
Saludos.
Me podrias por favor ayudar con el contacto para cumplir con la NOM-001-SCFI-2018
Buenos días, podrían enviarme por favor los datos de un gestor para ver el tema de las NOM? Gracias
Con gusto Cinthia te lo remitimos a tu correo.
BUENAS TARDES, REQUIERO TRAER LLANTAS NUEVAS PARA TRACTOCAMIÓN DE CHINA, PERO DEBO OBTENER UN CERTIFICADO NOM, ME PUEDE DECIR POR FAVOR CUÁNTAS MUESTRAS DEBO PRESENTAR PARA REALIZAR EL ANÁLISIS Y OBTENER EL CERTIFICADO SI ES QUE PASAN LAS PRUEBAS?
Hola Leopoldo,
Con gusto te podemos contactar con un experto en gestión de NOM’s. Sólo pídenos sus daros por correo: info@gmo.com.mx
Saludos,
estoy trantando de importar unos motores para un sistema de filtrado, no son para uso público sino para servicios especializados, pero me piden la NOM-014-ENER-2004, me pueden indicar si esto aplica o cual es el procedimiento a seguir.
Hola Alejandra, es muy probable que aplique ya que muchas fracciones arancelarias están sujetas al cumplimiento de una NOM al momento de su importación, aún cuando sea para un servicio.
Y por lo tanto necesitas obtener el Certificado de Cumplimiento de la NOM, en cuyo caso te sugiero contratar a un gestor para que te ayuden a que el trámite sea más rápido y más económico.
Saludos,
Buen día, estoy interesada en exportar maquinas de compostaje eléctricas y me piden la certificación en NOM-003-ENER-2021, ¿me pueden orientar o recomendar algún gestor? Gracias.
Hola Jazmine, por supuesto, te mandaremos la información de Guillermo por correo.
Saludos,
Hola, tengo el proyecto de abrir una tienda online de productos electrónicos importados y quisiera saber cuáles son las NOM que necesito cumplir por favor
Hola Angel con gusto podemos ayudarte a través del servicio de Consulta Online: https://gmo.com.mx/consulta-online/
Saludos,
Hola!
Me interesa información de Gestoria para tramitar una NOM
Hola , Buenas tardes
Soy Revendedor de Materiales Electricos , Mecaniccos , etc .
Veo muy complicado el tema de las NOM , debido a la escaces de Materiels en Mexico y que tenemos una amplia gama de usuarios finales en todo Mexico de distintas partes del mundo
Algunos piden Cables con normas UL … Los fabricantes Mexicanos no cuentan con esa certificacion o se extiende mucho el tramite
Me ayudas con un Agente Aduanal que se encargue de todo el proceso de NOM-063-SCFI-2001 e Importacion para que llegue a mi Almacen .
Gracias por la Ayuda