En esta ocasión analizamos el Método de Valor Reconstruido para la Valoración Aduanera de las mercancías; el cuál es en la práctica el último método aplicable, toda vez que el Método del Último Recurso en realidad no supone un método para el cálculo del VEA (Valor en Aduana).
Sin embargo, revisaremos dicho método posteriormente.
Fundamento Legal
El Método del Valor Reconstruido, se fundamenta en los artículos 71 y 77 de la ley Aduanera, así como en el artículo 6° del Código de Valoración Aduanera de la OMC.
Concepto y Aplicación
Se entiende por Valor Reconstruido de las Mercancías, la suma de:
- El costo o valor de los materiales usados para su fabricación.
- El valor de la fabricación (operaciones efectuadas para la producción).
- Beneficios y gastos generales de los que usualmente se añaden a mercancías de la misma especie o clase.
- Todos los demás gastos que deben tomarse en consideración
Por lo cual nos encontramos ante un Método que implica tener acceso a la contabilidad del vendedor, aunque de conformidad con el Artículo 6° del Acuerdo de Valoración de la OMC, no puede exigirse al mismo, que muestre su contabilidad.
Por tal motivo, se sugiere el empleo de este Método cuando se trata de operaciones entre partes relacionadas, tales como el caso de traslado de líneas de producción.
De esta manera podemos entender que el Valor Reconstruido de las Mercancías, es el valor contable de las mismas.
Pero para más información al respecto, aquí te dejo el episodio 201 de Negocios sin Complicaciones para que lo analices.
Finalmente te recuerdo que puedes ver en replay nuestro taller de Valoración Aduanera y Manifestación de Valor, para capacitarte al respecto y poder trasmitir la Manifestación de Valor ante VUCEM cuando se vuelva obligatorio conforme a la regla 1.5.1 de las RGCE para 2020.