• ¿Deseas más información?
  • (722) 939 74 89
  • info@gmo.com.mx
logo redondologo redondologo redondologo redondo
  • INICIO
  • QUIENES SOMOS
  • SERVICIOS
    • Servicios Especializados en Comercio Exterior
    • Primeros pasos en el Comercio Exterior
    • Impulsa tu empresa o negocio
  • CONSULTA ONLINE
  • GMO ACADEMY
  • BLOG
    • Blog de GMO – Comercio Exterior
    • Emprendedores y PyMEs
  • TIENDA
  • CONTACTO
0

Medidas Antidumping

  • Home
  • Comercio Exterior
  • Medidas Antidumping
Prosec vs IMMEX
10/04/2020
Medidas de Salvaguarda
01/05/2020
Published by Nadia Montes at 24/04/2020
Categories
  • Comercio Exterior
  • Impuestos de Aduana
Tags
  • cuotas compensatorias
  • Cuotas Compensatorias | medidas antidumping
  • cuotas compensatorias y precios estimados
  • GMO Consultores
  • medidas antidumping
  • Medidas Antidumping | cuotas compensatorias y precios estimados
  • Nadia Montes
  • negocios sin complicaciones
  • precios estimados
  • Precios Estimados | medidas antidumping
  • qué es el dumping
  • qué es una medida antidumping
  • qué son las cuotas compensatorias
  • qué son las medidas antidumping
  • qué son los precios estimados

Cuotas Compensatorias y Precios Estimados

Uno de los temas sobre los que más recibimos consultas es el de cuotas compensatorias y precios estimados, así que es momento de platicar acerca de las medidas antidumping.

Las medidas antidumping están reguladas por el artículo VI del GATT, y en México nos tenemos que referir a la Ley de Comercio Exterior que en su título VI regula tanto las medidas antidumping como las medidas de salvaguarda.

Las medidas antidumping se imponen a objetos importados que están siendo objeto de dumping. Se entiende dumping cuando el precio de exportación es inferior al precio en que normalmente se vende ese producto en el país del exportador.

Las medidas antidumping se impondrán cuando se detecta que dicho dumping causa o amenaza causar un daño a la producción nacional. En México, es necesario que dicho daño sea de al menos el 25% de la producción nacional.

En la República Mexicana existen dos medidas antidumping: (1) las cuotas compensatorias y (2) los precios estimados.

Las cuotas compensatorias son un aprovechamiento de acuerdo con lo que señala el artículo 63 de la Ley de Comercio Exterior, y son impuestas mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación, cuando los productores nacionales acudieron a la Secretaría de Economía y lograron demostrar el daño de al menos el 25 de la producción nacional.

Los precios estimados son un listado de precios que tiene el SAT para aquellos productos en que no se ha logrado demostrar un daño nacional, pero sí existe una amenaza a los productores mexicanos. En estos casos se tendrá que recurrir al empleo de las Cuentas Aduaneras de Garantía para poder efectuar la importación de las mercancías.

Por lo tanto, aquí te dejo el episodio de esta semana en el cual podrás entender en qué consisten las cuotas compensatorias y los precios estimados. Y recuerda que si lo requieres ponemos a tu disposición nuestro servicio de Consulta Online con el cual podemos apoyarte para resolver tus inquietudes en Comercio Exterior y Gestión Empresarial.

¡Suscríbete a nuestro Newsletter!

Y recibe noticias y consejos en comercio exterior y gestión empresarial, así como avisos sobre nuestros cursos, webinars y eventos.
Blogs relacionados:

¿En qué consiste el Valor en Aduana y cuál es su importancia?

Medidas de Salvaguarda

 

Share
0
Nadia Montes
Nadia Montes
Ayudo a profesionales y empresas a ejecutar sus operaciones de comercio exterior, impulsar sus negocios y llevar a cabo sus emprendimientos. Soy maestra en Comercio Internacional, YouTuber, instructora y catedrática de Comercio Exterior y Gestión Empresarial.

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Consulta el Aviso de Privacidad

© 2017 . Todos los derechos reservados - Diseño por: PWM
0