¿Cómo determinar el origen de un producto? | 1a Parte
Hemos recibido varias peticiones en el canal de YouTube para explicar las Reglas de Origen. Sin embargo, para poder llegar a ello es necesario entender que en materia de determinación de origen, podemos distinguir entre dos tipos de bienes: aquellos originarios porque han sido extraídos u obtenidos totalmente en el país o región, y aquellos que gracias a una transformación sustancial pueden considerarse como originarios del país o la región.
En el episodio de esta semana hablaremos sobre los bienes de obtención total, que son aquellas mercancías producidas íntegramente en un país determinado. Para ello, se considera que únicamente las siguientes mercancías serán consideradas como producidas íntegramente en un país determinado:
(a) productos minerales extraídos de su suelo, de sus aguas territoriales o del fondo de sus mares u océanos;
(b) productos del reino vegetal cosechados o recogidos en el país;
(c) animales vivos nacidos y criados en el país;
(d) productos obtenidos de animales vivos en el país;
(e) productos de caza o de pesca practicadas en el país
(f) productos de pesca marítima y otros productos extraídos del mar por embarcaciones del país;
(g) mercancías obtenidas a bordo de buques-factorías del país, solamente a partir de los productos indicados en el inciso (f);
(h) productos extraídos del suelo o del subsuelo marino situado fuera de aguas territoriales del país, siempre y cuando el país tenga derechos exclusivos de explotación de dicho suelo o subsuelo;
(ij) los desechos y desperdicios provenientes de operaciones de transformación o de perfeccionamiento y artículos fuera de uso, recogidos en el país y útiles únicamente para la recuperación de materias primas; y
(k) mercancías producidas en el país solamente a partir de los productos indicados en los incisos (a) a (ij).
Por otro lado cuando dos o más países han intervenido en la producción de una mercancía, el origen de la mercancía deberá ser determinado de acuerdo con el criterio de transformación sustancial, para lo cual se deberá recurrir al empleo de los siguientes criterios o reglas de origen:
- Criterio del cambio o salto de clasificación arancelaria.
- Criterio de porcentajes advalorem o de contenido (valor) regional.
- Criterio de operaciones de fabricación o elaboración.
Las cuáles discutiremos en próximos blogs.
Por lo pronto aquí te dejo el episodio y te recuerdo que si requieres de apoyo en la materia puedes efectuar una Consulta Online o solicitar el estudio de la Determinación de Origen de tus productos.



