Conforme a la Resolución Miscelánea Fiscal, en la Sección 2.7.7, publicada en el Diario Oficial de la Federación 27/12/2021, se requiere un CFDI con complemento Carta Porte por el traslado de carga en carreteras federales.
Dicho complemento aplica para:
- Contribuyentes dedicados al servicio de transporte de carga general y especializada, que circulen por vía terrestre, férrea, marítima o aérea.
- Contribuyentes que mueven su carga con medios propios.
- Los que presten el servicio de paquetería y mensajería.
- Grúas de arrastre y de grúas de arrastre y salvamento y depósito de vehículos.
- Traslado de fondos y valores o materiales y residuos peligrosos.
El complemento sirve para:
- Amparar la prestación de estos servicios.
- Acreditar el transporte y la legal tenencia de los bienes o mercancías con su representación impresa, en papel o en formato digital.
Y será obligatorio siempre que se circule por caminos de jurisdicción federal en tramos mayores a 30 Km y en vehículos superiores a la configuración vehicular tipo C2.
Traslado de mercancías de importación
Respecto al traslado de mercancías de importación se tiene dos posibles escenarios.
PRIMER ESCENARIO: traslado por Agentes de Carga.
En este caso debemos tomar en cuenta lo dispuesto en la Regla 2.7.7.1 de la Resolución Miscelánea, por lo que deberá expedirse un CFDI de tipo Ingreso al que se le incorpore el complemento Carta Porte.
Se deberá registrar en el Complemento Carta Porte el número del pedimento de importación, los datos del vehículo y del chofer.
Y para poder efectuar el despacho aduanero, a partir del próximo 1 de octubre, conforme a las Reglas de Comercio Exterior, se requiere el folio fiscal del CFDI para efectuar el despacho, por lo que deberás proporcionarlo a tu Agente Aduanal.
SEGUNDO ESCENARIO: traslado de mercancías de importación por medios propios.
En este caso nos remitimos a la regla 2.7.7.2 de las Resolución Miscelánea, por lo que se deberá emitir CFDI de tipo traslado al que se le debe incorporar el complemento Carta Porte.
También será necesario anotar los datos del pedimento, el vehículo y el chofer en el complemento, y proporcionar el folio del CFDI ante la aduana para poder efectuar el despacho de importación.
Respecto al traslado de mercancías de exportación, lo abordaremos un próximo blog.
Por lo pronto te sugerimos revises el episodio 220 de Negocios sin Complicaciones, para que resuelvas las dudas en dos importantes temas respecto al Complemento de Carta Porte:
- ¿Cuáles son las carreteras federales?
- ¿A qué se refieren las claves de configuración vehicular del complemento?
Y recuerda que puedes solicitar una Consulta Online para resolver cualquier inquietud en la materia o en materia de Comercio Exterior.




2 Comments
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