

[vc_row][vc_column][vc_column_text]Dando continuidad al blog de la semana pasada, aquí te indico:
Respecto al traslado nacional de mercancías, se distinguen dos supuestos: mover las mercancías a través de vehículos propios, o bien moverlas mediante Agentes de Carga.
PRIMER SUPUESTO. Traslado nacional con medios propios.
Conforme a la regla 2.7.7.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal este supuesto aplica a los propietarios, poseedores o tenedores de mercancías o bienes que formen parte de sus activos.
En estos casos el CCP servirá para acreditar el transporte de los mismos, cuando se trasladen con sus propios medios, en territorio nacional por vía terrestre, férrea, marítima o aérea.
Para tal efecto, se deberá contar con representación impresa, en papel o en formato digital, del CFDI de tipo traslado expedido por ellos mismos, al que deberán incorporar el complemento Carta Porte.
En dicho CFDI deberán consignar lo siguiente:
SEGUNDO SUPUESTO. Traslado nacional mediante Agentes de Carga.
De conformidad con la regla 2.7.7.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal, este supuesto aplica a quienes presten el servicio de logística para el traslado de los bienes o mercancías.
En este caso, los Agentes de Carga deberán expedir un CFDI de tipo Ingreso al que incorporen el complemento Carta Porte y usar su representación impresa, en papel o en formato digital, para acreditar el transporte.
Es importante señalar que esto aplica siempre que los Agentes de Carga realicen el traslado por medios propios.
Respecto a las mercancías de exportación, debemos remitirnos a las reglas 2.7.7.10 y 2.7.7.11 de la Resolución Miscelánea Fiscal, pero para que sea más comprensible, te detallo las operaciones en el episodio 221 de Negocios sin Complicaciones, mismo que encontrarás en este blog.
Recuerda que, si requieres ayuda respecto al Complemento Carta Porte, podemos apoyarte mediante una Consulta Online.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row content_placement=»middle»][vc_column width=»1/2″ el_id=»https://youtu.be/fBOB1Mr_4r4″][vc_video link=»https://youtu.be/aX5HdoDcYAY»][/vc_column][vc_column width=»1/2″]
[/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]CFDI con Complemento Carta Porte
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