El pasado 9 de mayo, la Secretaría de Economía dio a conocer el Diario Oficial de la Federación las Reglas y Criterios de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, en adelante Reglas SE.
Estructura de las Reglas SE
Las Reglas SE tienen la siguiente estructura:
- TÍTULO 1. Disposiciones Generales.
- TÍTULO 2. Aranceles y Medidas de Regulación y Restricciones no Arancelarias del Comercio Exterior.
- TÍTULO 3. Programas e Instrumentos de Fomento.
- TÍTULO 4. Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE)
- Artículos Transitorios.
Estructura del Título 2 de las Reglas SE
Analicemos la estructura del Título 2 de las Reglas SE, al ser el título que contiene gran parte de los trámites que deben realizarse ante la SE.
La estructura del Título 2 es la siguiente:
- CAPÍTULO 2.1. Disposiciones Generales.
- CAPÍTULO 2.2. Permisos y Avisos.
- CAPÍTULO 2.3. Cupos.
- CAPÍTULO 2.4. Normas Oficiales Mexicanas.
- CAPÍTULO 2.5. Cuotas Compensatorias.
- CAPÍTULO 2.6. Certificados de Origen.
- CAPÍTULO 2.7. Registros.
Salvo el Capítulo 4, los demás capítulos se dividen en tres rubros que son:
- Disposiciones Generales.
- Presentación de información a través de VUCEM.
- Resolución de trámites presentados ante VUCEM.
Cumplimiento de NOM’s
La publicación de las Reglas SE presenta una modificación importante en el Título 2 Capítulo 2.4, el cual trata sobre el Cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas en el punto de entrada y salida del territorio nacional.
Como recordarás, anteriormente lo dispuesto sobre el Cumplimiento de NOM’s se encontraba casi en su totalidad en el Anexo 2.4.1 de las Reglas, mejor conocido como el Acuerdo NOM.
Ahora con la modificación de las Reglas SE, una parte del contenido del Anexo 2.4.1 ahora se encuentra en las reglas.
De esta manera es importante que conozcas el contenido de las siguientes reglas:
Regla 2.4.3. Trata del cumplimiento de NOM’s de seguridad técnica, eficiencia energética y emergencia (anteriormente numeral 5 del Anexo 2.4.1).
Regla 2.4.5. Indica cómo acreditar el cumplimiento de la NOM-016-CRE-2016.
Regla 2.4.8. Señala el procedimiento a seguir y las características de las etiquetas para las mercancías listadas en el numeral 3 del Anexo 2.4.1, anteriormente esto estaba en el numeral 6 del Anexo 2.4.1.
Regla 2.4.9. Indica cómo cumplir las NOM’s en caso de exportación (mercancías listadas en el numeral 4 del Anexo 2.4.1). Anteriormente estas disposiciones estaban en el numeral 7 del Anexo 2.4.1.
Regla 2.4.11. Menciona las excepciones al cumplimiento de NOM’s. Lo cual correspondía al texto del numeral 10 del Anexo 2.4.1.
Sobre esta última regla, te invito a ver el episodio 229 de Negocios sin Complicaciones en el cual te indicó:
- Las excepciones en el cumplimiento de NOM’s para mercancías importadas con Pedimento Aduanero a nombre del contribuyente, que no excedan los 1 mil USD.
- Las excepciones al cumplimiento de NOM’s en importaciones por paquetería bajo procedimiento simplificado (Pedimento Global) que no excedan de los 2,500 USD.
Y no te pierdas los próximos episodios y blogs, en que los que te comentaré sobre el Título 3 de las Reglas SE.