A través de la Segunda Versión Anticipada de la Primera Resolución de Modificaciones a las RGCE para 2026, el pasado 23 de abril, el SAT decidió ajustar la RGCE 1.4.14 la cual regula cómo debes integrar el expediente aduanal que debes entregar al Agente Aduanal.
La intención detrás de este cambio es clara: simplificar los requisitos documentales. Sin embargo, esto no significa que debas bajar la guardia en tu cumplimiento.
Uno de los puntos más importantes en el expediente aduanal, es la precisión sobre tu domicilio. Se aclara que el comprobante de domicilio que proporciones debe ser aquel donde realices efectivamente las actividades relacionadas con tu operación de comercio exterior, lo cual elimina ambigüedades al respecto.
Además, te alegrará saber que se elimina la pesada carga de entregar documentos que acrediten la propiedad de bienes inmuebles, maquinaria o equipo de oficina.
Tampoco deberás entregar fotografías de tu personal, lo cual protege la privacidad de tus colaboradores.
Manifestación bajo protesta a decir verdad
Esta eliminación documental del expediente aduanal, se sustituye por una Manifestación bajo protesta a decir verdad.
En la Manifestación, debes describir detalladamente tus activos, incluyendo fotografías de los bienes y declarar que cuentas con la documentación legal que los ampare.
También, tienes que manifestar que no tienes vinculación con empresas listadas como EFOS (emisoras de comprobantes falsos) ni resoluciones por emitir facturas apócrifas.
Más cambios importantes en el expediente aduanal
Otro beneficio relevante es la eliminación de la facultad discrecional del agente aduanal para pedirte «cualquier otro documento». Ahora, la lista es cerrada y no deberán solicitarte información adicional a la manifestada.
Además, se establece que el expediente tiene una vigencia: debes actualizarlo cada tres años o cuando realices algún cambio en tu empresa.
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