Continuando con el tema de Valoración Aduanera, revisemos el método de Valor de Transacción de Mercancías Similares.
Como lo comentamos en un blog anterior, cuando no se puede utilizar el método de Valor de Transacción señalado en el artículo 64 de la Ley Aduanera, será necesario utilizar los métodos indicados en el artículo 71 de la Ley.
Dichos métodos deben aplicarse de forma sucesiva y por exclusión. Por lo cual, de no poder valorar la mercancía con base en el método de Valor de Transacción de Mercancías Idénticas, deberá utilizarse el método siguiente, mismo que en este blog estudiamos.
¿Qué es una Mercancía Similar?
Para efectos de este método de valoración aduanera, el lote a importar se debe comparar contra otro lote que ya se haya importado o bien que se vaya a importar, con mercancía similar a la que se pretende valorar, para poder determinar el valor de dicho lote.
Se entiende como mercancía similar aquella que:
- Fue producida en el mismo país.
- Tiene características y composición semejantes.
- Realiza las mismas funciones, por lo que es comercialmente intercambiable.
Aplicabilidad del Método
Usualmente, tanto este método como el de mercancías idénticas, se emplea cuando se trata de transferencias de inventarios entre partes relacionadas.
Por lo que, en caso de no poder emplear el método de valor de transacción de mercancías idénticas, se deberá valorar la mercancía con el método de VT de mercancías similares.
Por lo cual en el episodio de esta semana te dejo la explicación de este método y las condiciones para su empleo.
Y recuerda que si tienes un caso específico que requieras valorar, puedes hacer uso de nuestro servicio de Consulta Online.



